Ratifican condena de 18 años para peón que asesinó a un estanciero en Capitán Bado

La Cámara de Apelaciones de Amambay confirmó la pena impuesta a César Javier Portillo, alias “Gordo”, por el homicidio del ganadero Miguel Flores, asesinado de siete balazos en octubre de 2022. Los camaristas rechazaron los cuestionamientos de la defensa y ratificaron que los indicios reunidos durante el juicio fueron suficientes para demostrar su responsabilidad en el crimen.

La condena de 18 años de cárcel impuesta a César Javier Portillo, de 28 años, por el asesinato del ganadero Miguel Flores, de 70 años, quedó firme en segunda instancia, luego de que el Tribunal de Apelación de Amambay rechazara el recurso presentado por la defensa. El fallo ratifica la Sentencia Definitiva N.º 37 y confirma la responsabilidad penal del trabajador rural por el crimen ocurrido en una estancia de la colonia Aguara Vevé, distrito de Capitán Bado.

La Cámara estuvo integrada por los magistrados Sandra Isabel Fariña Rolón, Sandro Ismael Vera Ortiz y Mirna Carolina Ocampos Ramírez, quien tuvo a su cargo el voto preopinante. Los camaristas concluyeron que el Tribunal de Sentencia valoró correctamente las pruebas producidas durante el juicio oral y público.

El crimen ocurrió dentro de la estancia

El asesinato se registró en la noche del 4 de octubre de 2022. Según los hechos considerados probados en la sentencia, Portillo habría aprovechado su condición de empleado del establecimiento y el momento en que quedó a solas con su empleador para atacarlo a corta distancia.

El informe de la médica forense Jane Oliveira Cristaldo determinó que Flores recibió siete impactos de bala que afectaron distintas partes del cuerpo, entre ellas el abdomen y el cuello. Las heridas le provocaron un shock hipovolémico que derivó en su muerte.

Tras el homicidio, el condenado se habría llevado bienes del establecimiento y asegurado los accesos con candados, lo que habría retrasado el hallazgo del cuerpo. La víctima fue encontrada posteriormente por un vecino.

Entre los elementos examinados durante la investigación también figuraron registros de actividad telefónica del acusado y datos relacionados con su incorporación al establecimiento rural por recomendación de un tercero identificado como Dey o Deip Casco.

La defensa cuestionó la falta de pruebas directas

El defensor público Fernando Luis Alberto Benítez Martínez recurrió la condena al alegar una vulneración del principio de inocencia y cuestionar la suficiencia de las pruebas. Entre sus argumentos señaló que no había testigos presenciales del momento del asesinato y que el arma utilizada nunca fue incautada.

La defensa sostuvo que la sentencia se apoyó en testimonios de referencia e indicios que, a su criterio, no permitían demostrar la autoría del acusado más allá de toda duda razonable.

Sin embargo, la Cámara rechazó esos cuestionamientos y sostuvo que la legislación procesal penal no exige exclusivamente pruebas directas para sustentar una condena. La prueba indiciaria puede resultar suficiente cuando los elementos reunidos son plurales, concordantes y convergentes, y permiten establecer de manera lógica y racional la participación del acusado.

Los camaristas concluyeron que la sentencia se sustentó en una valoración conjunta de testimonios, informes policiales, datos extraídos de dispositivos y pericias médicas, conforme a las reglas de la sana crítica racional.

Con la confirmación de la condena, Portillo deberá cumplir los 18 años de penitenciaría impuestos por el Tribunal de Sentencia. Según los datos de la causa, la pena se compurgará el 13 de octubre de 2040.